El fallo resuelto en procedimiento abreviado, condenó a Aníbal Maximiliano Galván, por “encubrimiento por receptación dolosa en grado de coautor”.
El día jueves 18 de febrero, el juez de Primera Instancia Rafael Coria resolvió homologar el procedimiento abreviado presentado por la Fiscalía, aceptado por la Defensa. Se condenó a Aníbal Maximiliano Galván de 24 años a la pena de 7 meses de prisión efectiva por el delito de “Encubrimiento por receptación dolosa en grado de coautor”. Según los fiscales, Galván fue quien compró el vehículo usado por los sicarios del ex concejal Eduardo Trasante.
Se denomina “receptación dolosa” al delito cometido por quien tiene conocimiento de la comisión de un delito contra la propiedad, y aprovecha para sí los efectos del mismo.
El Fiscal Gastón Ávila de la Unidad de Homicidios Dolosos le imputó el hecho -ocurrido en fecha 11 de julio de 2020 en la calle Garzón y Demestris de Rosario, en una zona de baldío- a Galván, quien junto a otras dos personas adquirió, a cambio de 20 mil pesos, el vehículo Peugeot 308 Allure color blanco modelo 2012, el cual había sido sustraído por otras personas en fecha 10 de julio de 2020 en el domicilio de calle Juan XXIII 6650, de Rosario.
El pasado jueves 18 de febrero, Maximiliano Galván había quedado desvinculado del homicidio de Trasante, ocurrido el 14 de julio en San Nicolás 3638, aunque según la acusación formulada por los fiscales en julio del año pasado en su contra, participó en la operación de adquisición del auto robado que luego usaron los sicarios para matar al pastor. Por este último delito recibió la condena.
Podés leer también la nota de días atrás en LT8 con el fiscal Gastón Ávila con más información del caso:
Fiscal Ávila: “Galván fue desincriminado de la causa, no sabía que el vehículo robado era para matar al pastor Eduardo Trasante”
Fuente: Rosario3.com