El máximo tribunal de Justicia rechazó el planteo de un comercio de propiedad de ciudadanos de origen asiáticos. Lo hizo por 3 votos contra 2, y está vinculado a un supermercado chino en la localidad cordobesa de Arroyito. El ministro de Trabajo de Santa Fe, Juan Manuel Pusineri, afirmó que “Cada ciudad podía establecer la adhesión a la ley provincial. El tema fue judicializado y ahora la Corte Suprema de Justicia dice que el cierre los días domingos de los supermercados de grandes superficies, es válido”. Por su parte, Silvana Crocci, desde el sindicato de Empleados de Comercio, expresó que “El fallo de la Corte tiene que ver con nuestro planteo, en función de los derechos de los trabajadores. El municipio tiene potestad y también la provincia para determinar el horario de apertura y cierre de los comercios. Los supermercados de grandes superficies deberán cerrar los domingos”.
“Cada ciudad podía establecer la adhesión a la ley provincial. El tema fue judicializado. Ahora la causa está en la Corte a nivel nacional. La Corte Suprema dice que el cierre de los supermercados de grandes superficies, los días domingo es válido”, señaló el ministro de Trabajo de Santa Fe, Juan Manuel Pusineri. Y luego agregó “En Santo Tomé por ejemplo, los supermercados no atienden los días domingo”.
En tanto, en referencia a la implementación de las nuevas medidas destinadas a frenar el aumento de casos del virus, el titular de la cartera de Trabajo, destacó “Esperamos contar con el decreto nacional por las restricciones. Ya está adelantada la posición de la provincia, vamos a adherir a la norma nacional. En ese marco, la circulación solo será para los trabajadores esenciales y para comprar en comercios de cercanía. Una vez que esté el DNU (decreto de necesidad y urgencia) nacional, vamos a instrumentarlo en la provincia de Santa Fe”.
Cabe recordar que la resolución de la Corte Suprema fue por mayoría con los votos a favor de los jueces Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, y los de Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco en contra. Los tres primeros argumentaron que era válida la ordenanza 1660/14 de la Municipalidad de Arroyito, por la que se dispuso que los supermercados de ciertas superficies deberían permanecer cerrados los domingos para favorecer la vida familiar de sus trabajadores. Quienes votaron en disidencia sostuvieron que la ordenanza era inconstitucional porque la regulación del descanso dominical corresponde únicamente al Congreso de la Nación.
Por su parte, la pro secretaria del sindicato de Empleados de Comercio, Silvana Crocci, explicó que “El fallo de la Corte tiene que ver con nuestro planteo, en función de los derechos de los trabajadores. El municipio tiene potestad y también la provincia, para determinar el horario de apertura y cierre de los comercios. Los domingos los supermercados de grandes superficies deberán cerrar”. Y más adelante amplió “Se busca un cambio en el patrón de compras, el domingo debe ser un día de descanso para los empleados de comercio. Al día de hoy, la venta digital tiene un porcentaje bajo en las ventas, pero sin dudas vino para quedarse, es un cambio de paradigma. Mucha gente prefiere el contacto con los vendedores, el asesoramiento, la posibilidad de ver y elegir el productor que desea comprar”.
En tal sentido, el reclamo de los empleados de comercio data de mucho antes, pero en 2014, alcanzó en convertirse en norma municipal, en la provincia de Córdoba. Allí el titular de un supermercado chino, Jin Shi, cuestionó la constitucionalidad de dicha norma, al llegar al Tribunal Superior de Córdoba, éste le dio la razón y declaró la inconstitucionalidad de la ordenanza.
La Municipalidad cuestionó esa decisión mediante un recurso extraordinario y el caso llegó a la Corte Suprema de la Nación, que convocó a una audiencia pública en 2019 para escuchar a todas las partes interesadas.
De esa audiencia pública participó la Asociación Empleados de Comercio de Rosario, que había logrado la sanción de la Ley provincial 13441 y la adhesión municipal. La finalidad de ese reclamo gremial es que los días domingo, los empleados de comercio puedan disfrutar del descanso junto a sus familias. Ahora la Corte Suprema falló a favor de ese objetivo sindical.
Fuente Entrevistas de LT8 en “Trascendental”
A.D.
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