El organismo ofreció un plan de pago para abonar los montos diferenciales, pero cobrará intereses
Hay problemas para muchísimas personas que están adscriptas al régimen de monotributo: se ha producido una recategorización, de oficio, dado que el Congreso de la Nación aprobó nuevas tablas, y de un momento para otro, los contribuyentes se encuentran, al ingresar a la página oficial de AFIP (Administración Federal de Impuestos), con que se les endilga una deuda de carácter retroactivo.
Franco Rossi, especialista en Derecho Tributario, admitió: “Es así, pero debe ponerse en contexto: el problema es que la desprolijidad arrancó a comienzos de año, porque aunque los monotributistas deben recategorizarse en enero y en julio, eso en enero no pasó; entonces, cuando se publican, ahora, las nuevas escalas, aumenta el costo, porque las escalas se aplican de forma retroactiva a enero. Ahora se impone esa diferencia, pero si se hubiera hecho de manera prolija, el costo habría aumentado en enero”.
“AFIP propone pagar la deuda acumulada en hasta 20 cuotas”, informó, “y se pide que esas cuotas no tengan interés. De todos modos, todo esto se publicó en gacetilla de prensa; no hay resolución oficial, e incluso, en algunos casos esa diferencia representada por la deuda mencionada no está clara en números. Recomiendo esperar hasta el 1 julio para que se pueda determinar bien cuál es esa diferencia, pero la fecha más importante es la del 25 de junio, que aquella en la cual habrá que entrar a ver si la categoría de cada uno retroactiva es correcta o no. Luego, no desesperar”,
En cuanto a los montos que supondrán estas deudas de carácter retroactivo, Rossi estimó que “equivale, más o menos, a una cuota y media. Por ejemplo: la categoría E, que pagaba 1740 pesos mensuales, pagará ahora 2350 pesos, lo cual, acumulado, representa unos 3600 pesos; esto es, aproximadamente una cuota y media”.
Estas novedades también incluyen que quien haya visto decrecer su monto de ingresos podría descender de categoría y, así, encontrarse con saldo acreedor. Pero en ningún caso podrá uno darse de baja del régimen monotributista sin acometer el pago de la deuda, si existe.
“El régimen de monotributo lleva el nombre técnico de Régimen Simplificado pero de eso, hoy, tiene muy poco”, reconvino. “Tendría que poder administrarse sin necesidad de contratar un contador, lo que representa un costo adicional”, sentenció.