La Justicia provincial ordenó archivar el proceso sancionatorio contra el titular del Organismo de Investigaciones. En tanto, los legisladores van a la sesión conjunta de hoy sin la certeza de poder suspender a Sain.
En diálogo con LT8, Hernán Martínez, abogado de Marcelo Sain: entiende que hoy debe terminar este tema. “La resolución es bien clara y ordena archivar el procedimiento administrativo; se trata de una resolución judicial en calidad de cosa juzgada, y la asamblea legislativa que está citada para hoy entiendo que debe dar finalización a este procedimiento disciplinario”
Si esto no ocurre, estarían desobedeciendo una decisión judicial. “La provincia no esta exenta de cumplir una orden judicial; lo lógico y lo que corresponde es que se dicte el archivo de este procedimiento”.
Respecto de los fundamentos de la defensa al presentar el amparo al que la justicia hizo lugar, Martínez enumeró fundamentalmente 3. “El primero es la irretroactividad de la ley 14.016 (la denominada ley Anti-Sain) que se sancionó a medida para producir la destitución del funcionario en el OI; el segundo fundamento radica en que todas las actuaciones que se le realizaban referían a hechos que habrían sucedido cuando era ministro de seguridad, no director del OI; hechos que a su vez habían sido ya evaluados por la comisión de juicio político, resolviendo que no correspondía continuar con dicho procedimiento; entonces reabrir ahora una investigación que ya había tenido lugar, implicaría un doble enjuiciamiento; y el tercero, el mas importante, es la autonomía del Ministerio Público de la Acusación para el ejercicio de sus funciones, en este caso en la figura del director del Organismo de Investigaciones”
Asimismo, Martínez dijo que en la presentación “hacemos un contexto de la historia, como viene la situación, y no hace falta pensar mucho para ver un contexto político en todo esto; mas allá del contexto político, lo que se resuelva, sienta un criterio para la institución en si, trascendiendo la figura política de quien sea”. “Si uno sanciona una ley en la cual somete al director del OI a un órgano ajeno al MPA, condiciona esa autonomía”, cerró el letrado