La causa había tenido ese fallo en primera instancia. La Cámara de Apelaciones en lo Laboral ratificó la sentencia.
Meses atrás se publicó un fallo judicial de primera instancia que obligaba a los dueños de un hotel a resarcir económicamente a una empleada que, estando enferma de cáncer, fue despedida de ese hotel. La novedad es que la Cámara de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia, dejando firme la misma.
El doctor Pablo Copes, letrado patrocinante de la mujer, abundó sobre el caso: “Pudo acreditarse, con testimonios y pericia médica, que existió un despido discriminatorio, para el cual está establecida una indemnización por daños moral y psíquico”. Luego de recibir el alta tras tratarse de un cáncer de mama, la mujer “fue dada de alta para realizar tareas acordes a su capacidad disminuida hasta que fue citada para desarrollar tareas habituales. Cuando ella se presentó, con la presencia de un escribano se la despidió sin expresión de causa”.
Junto a la doctora María Julia Cossaro, Copes pudo comprobar que “se la despidió porque padecía esa enfermedad y ante la posibilidad de recidiva de la misma. Desgraciadamente, durante el proceso reapareció su enfermedad. Con testimonios de empleados se comprobó que no hubo, de parte de a empresa, disposición para la reubicación de nuestra clienta”.
“Ahora, perseguimos la indemnización (consistente en siete sueldos) por despido discriminatorio – condición que, muchas veces, es difícil de comprobar – más una suma por daño psíquico”, ratificó el abogado