Cándido Santa Cruz analizó los cambios que implica. Desaparece la receta de papel.
El gobierno nacional promulgó hoy, por medio del Decreto 664/2020, la ley 27.553, que establece que la prescripción y dispensación de medicamentos puedan ser redactadas y firmadas a través de firmas manuscritas, electrónicas o digitales, en recetas electrónicas o digitales, en todo el país.
La ley regula la prescripción de medicamentos y estudios médicos a través de recetas electrónicas y sistemas de atención mediante plataformas digitales, permite la prescripción de medicamentos y órdenes de estudio de recetas electrónicas, que pueden ser redactadas y firmadas a través de plataformas de teleasistencias.
En diálogo con LT8, Cándido Santa Cruz, presidente del Colegio de Farmacéuticos de Rosario, dijo que esta práctica ya se venía llevando adelante en Pami y en Iapos. “La pandemia hizo que esta práctica se agudizara de manera irregular en otras obras sociales, y lo que finalmente hicieron fue darle un marco regulatorio”.
La ley fija que “los medicamentos prescriptos en receta en formato electrónico o digital deberán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados para tal fin, acorde a las disposiciones vigentes”.
“Como toda ley va a ser obligatoria incluyendo un período de transición para poder ajustar”, evaluó Cándido Santa Cruz, y anticipó que con esto, “desaparecería la histórica receta de papel”.
“Como toda medida de progreso hay que pensar que es mejor. Tiene muchos puntos a favor. Se viene un cambio de mentalidad y de costumbre”, dijo el titular del Colegio de Farmacéuticos de Rosario.