La Corte Suprema de Justicia de la Nación pidió que los gobiernos provinciales se hagan cargo del control de la situación en el marco del Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná (PIECAS).
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, señaló esta tarde que no hace falta una Ley de Humedales para enfrentar el problema de los incendios en la zona de islas, frente a Rosario, en jurisdicción de la provincia de Entre Rios. El máximo tribunal consideró que ya hay legislación más que suficiente. Acaba de otorgar un amparo para que las provincias y ciudades afectadas formen un Comité de Emergencia Ambiental, y se hagan cumplir convenientemente las normas vigentes.
En su reciente fallo, dispuso “que las Provincias de Santa Fe, Entre Ríos y Buenos Aires, y los municipios de Victoria y Rosario, constituyan, de manera inmediata, un Comité de Emergencia Ambiental, que tenga por objeto la ‘Contingencia”. Además, dispuso que deberá informarse al tribunal en quince días sobre los avances de las medidas tomadas.
La Corte se declaró competente en una una acción de amparo colectivo ambiental promovida por una asociación civil (“Equística Defensa del Medio Ambiente”) contra el Estado Nacional, las provincias de Santa Fe y Entre Ríos, y las municipalidades de Rosario y Victoria. A criterio del máximo tribunal, existe prueba suficiente, de carácter público y notorio, de que los incendios irregulares en los términos de la ley 26.562, masivos y reiterados en el Delta del Paraná han adquirido una dimensión que causa alarma en la población y una grave amenaza al ambiente.
En ese sentido, pidió que los gobiernos provinciales se hagan cargo del control de la situación en el marco del PIECAS (Plan Estratégico para la Conservación y el manejo sostenible en el Delta del Paraná) pendiente de ejecución desde septiembre de 2008.